BASES LEGALES “LA COCINA CREATIVA DE PLAY-DOH”

 

Este documento estará disponible en la dirección https://www.telecinco.es/jugarencasamola/

 

  1. Objeto

HASBRO IBERIA, S.L.U., sociedad de nacionalidad española con domicilio en  C/ Andarella, 1, bloque 3, 5, 46950 de Xirivella (Valencia), y provista de C.I.F. número B-96.897.251, organiza la iniciativa denominada “PLAY-DOH’’ (en adelante, la “Iniciativa”), que se publicita en la página web https://www.telecinco.es/jugarencasamola/ (en adelante, la “Web”), cuya gestión y explotación está encomendada a CONECTA5 TELECINCO, S.A.U. (en adelante, “CONECTA5”), con domicilio social en Madrid, Ctra. de Fuencarral-Alcobendas nº 4, mediante la que se pretende premiar a doce (12) participantes que envíen la foto, de un plato original que hayan preparado.

Participación

Para poder participar en la presente Iniciativa se requiere lo siguiente:

· Ser mayor de edad.

· Ser residente en el territorio español a efectos legales en el momento de haber participado en la presente Iniciativa (DNI o Tarjeta de residencia).

· Entrar en https://www.telecinco.es/jugarencasamola/ y rellenar y enviar el formulario de la Iniciativa, enviando una foto de un plato original, que haya preparado el participante.

· Facilitar un domicilio en España para la entrega del premio, en el caso de que resulte ganador.

Cada participante garantiza al Organizador la veracidad de los datos suministrados respondiendo de cualquier reclamación que reciba en caso de incumplimiento de tal garantía.

Tendrán la condición de participantes los usuarios que cumplan los requisitos anteriores y participen en la Iniciativa de acuerdo con los términos especificados en el apartado siguiente para el desarrolla de la misma (en adelante, los “Participantes”).

Quedan excluidos de esta Iniciativa todo el personal laboral del Organizador y las empresas del Grupo Mediaset España y familiares directos (hermanos, cónyuges, hijos y padres).

  1. Mecánica

CONECTA5 elegirá a su criterio, a doce (12) participantes, que envíen la foto con el plato más original.

  1. Duración

El plazo de participación comienza el 20 de mayo de 2020 y finalizará el 17 de junio de 2020.

  1. Premio

 

CONECTA5 elegirá, a su criterio, doce (12) ganadores, en función de la foto con el plato más original. Los ganadores recibirán un lote formado por la Máquina de helados, un pack de 20 botes y la Batidora de postres Play-Doh.

CONECTA5 proporcionará al ganador el teléfono de contacto del Organizador, para que sea el que voluntariamente se ponga en contacto con el mismo y, en todo caso, dentro de dos días hábiles siguientes. A estos efectos, se entenderá como días hábiles los días laborables en el domicilio de CONECTA5, arriba indicado.

Una vez el ganador se ponga en contacto con el Organizador, se procederá al envío del premio, a la dirección postal que indique el ganador (siempre que sea territorio español).

El Organizador se reserva el derecho a cambiar el carácter del premio en caso de que no sea posible, por motivos ajenos a la misma, la entrega del premio especificado en las presentes bases. En este caso, el Organizador se compromete a que el premio sea de análogas características a las del premio anunciado y/o a que su valor económico sea similar al del premio anunciado.

Una vez efectuada la comunicación válida con el ganador, este deberá confirmar su aceptación o eventual renuncia en el plazo de dos días hábiles siguientes al Organizador, para mayor agilidad de la asignación correcta y completa de los premios de la Iniciativa.

Aquellos premios cuya valoración sea superior a 300 € están sujetos a retención o ingreso a cuenta en virtud de lo dispuesto en la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, reguladora del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), así como en el Reglamento del IRPF, aprobado por Real Decreto 439/2007, de 30 de marzo. El Organizador soportará, en caso de ser aplicable, el importe de la retención o del ingreso a cuenta y lo ingresará por cuenta del ganador respectivo. Sin perjuicio de lo anterior, las repercusiones fiscales que la obtención del premio tenga en la fiscalidad del ganador serán por cuenta del mismo, por lo que el Organizador queda relevado de cualquier responsabilidad. Por otra parte, de acuerdo con lo previsto en el artículo 33.1 de la citada Ley 35/2006, la obtención de un premio de este tipo constituye para su beneficiario una ganancia patrimonial a efectos de IRPF, al dar lugar a una variación en el valor de su patrimonio puesta de manifiesta por una alteración en su composición. El ganador deberá facilitar al Organizador la información necesaria para que el Organizador pueda cumplir con sus obligaciones fiscales (declaración del ganador a las autoridades fiscales).

El ganador no podrá renunciar al premio una vez que el mismo haya sido aceptado. Para el caso de que los datos personales del ganador no fueran válidos, o no haya contactado con el Organizador en el citado plazo, o si hubiera manifestado el ganador su voluntad clara e inequívoca de renunciar al premio, pasado los dos días hábiles antes indicados, no podrá reclamarse. En el supuesto de que no se hubiese puesto en contacto con el Organizador o que, por algún motivo a las mismas imputables, no se les pueda hacer entrega del premio, CONECTA5 contactará con las personas siguientes en la lista de suplentes. En el supuesto de hacerse imposible entregar los premios tanto al ganador como a los suplentes por causas no imputables al Organizador, el concurso quedará desierto.

6. Garantías

6.1 Los Participantes ceden, sin límite temporal ni territorial alguno la totalidad de los derechos de propiedad intelectual e imagen sobre el contenido puesto a disposición del Organizador, respondiendo de su autoría, titularidad y originalidad y garantizando al Organizador el pacífico ejercicio de los derechos cedidos.

6.2 Los Participantes serán responsables de cualquier reclamación que reciba CONECTA5 y el Organizador, derivada del Contenido enviado para participar en esta Iniciativa, manteniendo indemne a ambos frente a cualquier reclamación que éstas puedan recibir de cualquier tercero por tal motivo.

7. Supervisión

Cualquier Participante que manipule los procedimientos de participación y/o que incumpla las bases contenidas en el presente documento será descalificado. También queda reservado el derecho de verificar, por cualquier procedimiento que CONECTA5 estime apropiado, que los ganadores cumplen con todos los requisitos de este documento.

8. Modificaciones de las Bases y/o anexos

CONECTA5 se reserva el derecho a realizar modificaciones – incluyendo la cancelación o suspensión anticipada de la Iniciativa – y/o a añadir anexos sucesivos sobre estas bases por motivos técnicos, operativos, comerciales, o de audiencia, publicando siempre estas modificaciones y/o anexos en la dirección https://www.telecinco.es/jugarencasamola/

9. Protección de Datos de carácter personal

De conformidad con Reglamento (EU) nº 2016/679, de 27 de abril de 2016, CONECTA5 informa a los Participantes de la incorporación de los datos de carácter personal que faciliten en ejecución de esta Iniciativa, en sistemas y ficheros debidamente reflejados en el registro de tratamientos. Tales datos personales se utilizarán exclusivamente para la gestión de esta iniciativa y la entrega del premio a los ganadores, cancelándose una vez finalizadas dichas tareas. La legitimación para el tratamiento de los datos es el consentimiento expreso otorgado por el interesado mediante la aceptación de estas bases legales y el envío del formulario para participar en la iniciativa.

CONECTA5 le facilitara a los ganadores, el teléfono de contacto del Organizador para que ellos sean los que voluntariamente se pongan en contacto con ellos, no existiendo por lo tanto, ninguna comunicación de datos de CONECTA5 al Organizador.

CONECTA5, con domicilio en Madrid, Ctra. de Fuencarral-Alcobendas nº 4, como responsable del tratamiento, garantiza a los Participantes el ejercicio de los derechos de acceso, rectificación, cancelación, oposición, limitación y portabilidad, dirigiéndose al Delegado de Protección de Datos, a través de correo electrónico a la dirección privacidad@mediaset.es, debiendo remitir por escrito la concreta solicitud a la Unidad de Protección de Datos del titular. De igual modo, el Organizador se compromete, en la utilización de los datos incluidos en el fichero, a respetar su confidencialidad y a utilizarlos de acuerdo con la finalidad del fichero.

En la petición, se deberá adjuntar la siguiente información:

Nombre, apellidos y DNI

Iniciativa en la que ha participado

Derecho que desea solicitar y contenido de su petición

Número de teléfono sobre el que se desea ejercer el derecho anterior

En caso de no considerar atendidos de forma debida sus derechos personales, podrá presentar una reclamación ante la autoridad de control competente, en este caso, la Agencia Española de Protección de Datos.

10. Conflictos y Ley Aplicable.

En caso de divergencia entre los usuarios y la interpretación de las presentes bases por parte del Organizador, será resuelta de acuerdo con la Ley española.

La participación en esta Iniciativa supone la aceptación expresa de las presentes bases y la sumisión expresa de las decisiones interpretativas que de las mismas efectúe el Organizador.

 

En Madrid, a 20 de mayo de 2020