BASES LEGALES “TU MIRADA”

 

Este documento estará disponible en la dirección https://www.eltiempohoy.es/

 

  1. Objeto

GENERAL OPTICA, S.A., (en adelante, el “Organizador”), con CIF número A-08119687 y con domicilio social en Barcelona, Ctra. Hospitalet Citypark Edif. Amsterdam, nº 147-149, Cornellà de Llobregat, organiza la iniciativa denominada “TU MIRADA’’ (en adelante, la “Iniciativa”), que se publicita en la página web www.eltiempohoy.es (en adelante, la “Web”), cuya gestión y explotación está encomendada a CONECTA5 TELECINCO, S.A.U. (en adelante, “CONECTA5”), con domicilio social en Madrid, Ctra. de Fuencarral-Alcobendas nº 4, mediante la que se pretende premiar a un (1) usuario que envíe la foto más bonita, original y que mejor represente la mirada del espectador a través de una fotografía, con una (1) tarjeta regalo de General Óptica por valor de seiscientos euros.

  1. Participación

Para poder participar en la presente Iniciativa se requiere lo siguiente:

· Ser mayor de edad.

· Ser residente en el territorio español a efectos legales en el momento de haber participado en la presente Iniciativa (DNI o Tarjeta de residencia).

· Entrar en https://www.eltiempohoy.es/ y rellenar y enviar el formulario de la Iniciativa, enviando una foto que represente la mirada del espectador.  

· Sólo se admite una participación por mail

Cada participante garantiza al Organizador la veracidad de los datos suministrados respondiendo de cualquier reclamación que reciba en caso de incumplimiento de tal garantía.

Tendrán la condición de participantes los usuarios que cumplan los requisitos anteriores y participen en la Iniciativa de acuerdo con los términos especificados en el apartado siguiente para el desarrolla de la misma (en adelante, los “Participantes”).

Quedan excluidos de esta Iniciativa todo el personal laboral del Organizador y las empresas del Grupo Mediaset España y familiares directos (hermanos, cónyuges, hijos y padres).

  1. Mecánica

CONECTA5 elegirá, a su criterio, al usuario que envíe la foto más bonita, original y que mejor represente la mirada del espectador a través de una fotografía, con una (1) tarjeta regalo de General Óptica por valor de seiscientos euros.

CONECTA5, además del ganador elegirá, un primer suplente y un segundo suplente.

  1. Duración

El plazo de participación comienza el 2 de marzo de febrero de 2020 y finalizará el 25 de mayo de 2020.

 

 

  1. Premio

 

A partir del día 18 de mayo de 2020 CONECTA5 elegirá, a su criterio, un (1) ganador y dos (2) suplentes en función de la foto más bonita, original y que mejor represente la mirada del espectador, durante el plazo que se cita en el punto Duración. El ganador obtendrá una (1) tarjeta Regalo de General Óptica con un importe de seiscientos (600 €) euros.

La Tarjeta Regalo es un medio de pago que permite comprar cualquier artículo a la venta en las tiendas físicas General Óptica de España y no tiene caducidad. El listado de tiendas General Óptica puede consultarse en https://www.generaloptica.es/es/tiendas. El saldo de la misma no podrá reembolsarse ni canjearse por dinero.

La Tarjeta Regalo es un documento al portador. La responsabilidad de uso y custodia de la tarjeta corresponde exclusivamente a su tenedor. No se reemplazará la tarjeta en caso de robo, pérdida, extravío o deterioro, si bien General Óptica se reserva el derecho a reemplazar la tarjeta en caso de cambio de formato de la misma. La tarjeta Puede usarse tantas veces como se desee hasta que se agote el importe total por el que ha sido emitida. Tras agotar el saldo total, quedará anulada.

El saldo disponible en la tarjeta en cada momento es la diferencia entre el saldo disponible en el momento inmediatamente anterior a realizar una compra y el importe correspondiente utilizado para el pago de tal compra. Si la compra excede al saldo disponible en la tarjeta, la diferencia podrá abonarse a través de cualquier forma de pago aceptada en las tiendas General Óptica. El saldo disponible aparecerá cada vez que se realice una compra con la Tarjeta Regalo en el recibo. Se podrá consultar el saldo disponible en la tarjeta en cualquier tienda de General Óptica.

Los productos adquiridos con la Tarjeta Regalo en las tiendas General Óptica están sujetos a la misma política de cambios y devoluciones que el resto de productos comprados en dichas tiendas

CONECTA5 proporcionará al ganador el siguiente correo electrónico: tumiradageneraloptica@gmail.com para que sea el que voluntariamente se ponga en contacto con el mismo y, en todo caso, dentro de dos días hábiles siguientes indicándole dónde recibir el premio. A estos efectos, se entenderá como días hábiles los días laborables en el domicilio de CONECTA5, arriba indicado.

Una vez el ganador se ponga en contacto con General Óptica, se procederá al envío de la tarjeta regalo por correo con acuse de recibo, a la dirección postal que indique el ganador (siempre que sea territorio español). La tarjeta regalo se enviará en los catorce (14) días siguientes a que CONECTA5 publique el ganador.

El Organizador se reserva el derecho a cambiar el carácter del premio en caso de que no sea posible, por motivos ajenos a la misma, la entrega del premio especificado en las presentes bases. En este caso, el Organizador se compromete a que el premio sea de análogas características a las del premio anunciado y/o a que su valor económico sea similar al del premio anunciado.

Una vez efectuada la comunicación válida con el ganador, este deberá confirmar su aceptación o eventual renuncia en el plazo de dos días hábiles siguientes al Organizador, para mayor agilidad de la asignación correcta y completa de los premios de la Iniciativa.

Aquellos premios cuya valoración sea superior a 300 € están sujetos a retención o ingreso a cuenta en virtud de lo dispuesto en la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, reguladora del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), así como en el Reglamento del IRPF, aprobado por Real Decreto 439/2007, de 30 de marzo. El Organizador soportará, en caso de ser aplicable, el importe de la retención o del ingreso a cuenta y lo ingresará por cuenta del ganador respectivo. Sin perjuicio de lo anterior, las repercusiones fiscales que la obtención del premio tenga en la fiscalidad del ganador serán por cuenta del mismo, por lo que el Organizador queda relevado de cualquier responsabilidad. Por otra parte, de acuerdo con lo previsto en el artículo 33.1 de la citada Ley 35/2006, la obtención de un premio de este tipo constituye para su beneficiario una ganancia patrimonial a efectos de IRPF, al dar lugar a una variación en el valor de su patrimonio puesta de manifiesta por una alteración en su composición. El ganador deberá facilitar al Organizador la información necesaria para que el Organizador pueda cumplir con sus obligaciones fiscales (declaración del ganador a las autoridades fiscales).

El ganador no podrá renunciar al premio una vez que el mismo haya sido aceptado. Para el caso de que los datos personales del ganador no fueran válidos, o no haya contactado con el Organizador en el citado plazo, o si hubiera manifestado el ganador su voluntad clara e inequívoca de renunciar al premio, pasado los dos días hábiles antes indicados, no podrá reclamarse. En el supuesto de que no se hubiese puesto en contacto con el Organizador o que, por algún motivo a las mismas imputables, no se les pueda hacer entrega del premio, CONECTA5 contactará con las personas siguientes en la lista de suplentes. En el supuesto de hacerse imposible entregar los premios tanto al ganador como a los suplentes por causas no imputables al Organizador, el concurso quedará desierto.

6. Garantías

6.1 Los Participantes, por el simple hecho de su participación, ceden a CONECTA5 y al Organizador, que adquieren, los derechos de fijación, reproducción, distribución, comunicación pública y transformación y, en general, todos los de explotación, con carácter exclusivo, sobre la fotografía enviada, por la total vigencia de los derechos de propiedad intelectual del Participante y para todos los países del mundo. Así, dicho sea a título enunciativo y no limitativo, CONECTA5 y el Organizador, directa o indirectamente, podrán fijar, reproducir, comunicar, de forma total o parcial, el Contenido, tal y como fue facilitado o bien modificado, en cualquier tipo de soporte y formato, analógico y/o digital, y en todas clase de campañas y medios publicitarios.

Los Participantes garantizan y responden de ser los autores intelectuales y titulares exclusivos del Contenido que faciliten, así como que se trata de un contenido original y que no menoscaba o perjudica derechos de terceros. Los Participantes garantizan a CONECTA5 Organizador el pacífico ejercicio de los derechos cedidos.

6.2 Los Participantes serán responsables de cualquier reclamación que reciba CONECTA5 y el Organizador, derivada del Contenido enviado para participar en esta Iniciativa, manteniendo indemne a ambos frente a cualquier reclamación que éstas puedan recibir de cualquier tercero por tal motivo.

7. Supervisión

Cualquier Participante que manipule los procedimientos de participación y/o que incumpla las bases contenidas en el presente documento será descalificado. También queda reservado el derecho de verificar, por cualquier procedimiento que el Organizador estime apropiado, que los ganadores cumplen con todos los requisitos de este documento.

8. Modificaciones de las Bases y/o anexos

CONECTA5 se reserva el derecho a realizar modificaciones – incluyendo la cancelación o suspensión anticipada de la Iniciativa – y/o a añadir anexos sucesivos sobre estas bases por motivos técnicos, operativos, comerciales, o de audiencia, publicando siempre estas modificaciones y/o anexos en la dirección https://www.eltiempohoy.es/

9. Protección de Datos de carácter personal

De conformidad con Reglamento (EU) nº 2016/679, de 27 de abril de 2016, CONECTA5 informa a los Participantes de la incorporación de los datos de carácter personal que faciliten en ejecución de esta Iniciativa, en sistemas y ficheros debidamente reflejados en el registro de tratamientos. Tales datos personales se utilizarán exclusivamente para la gestión de esta iniciativa y la entrega del premio a los ganadores, cancelándose una vez finalizadas dichas tareas. La legitimación para el tratamiento de los datos es el consentimiento expreso otorgado por el interesado mediante la aceptación de estas bases legales y el envío del formulario para participar en la iniciativa.

CONECTA5 le facilitara a los ganadores, el teléfono de contacto del Organizador para que ellos sean los que voluntariamente se pongan en contacto con ellos, no existiendo por lo tanto, ninguna comunicación de datos de CONECTA5 al Organizador.

CONECTA5, con domicilio en Madrid, Ctra. de Fuencarral-Alcobendas nº 4, como responsable del tratamiento, garantiza a los Participantes el ejercicio de los derechos de acceso, rectificación, cancelación, oposición, limitación y portabilidad, dirigiéndose al Delegado de Protección de Datos, a través de correo electrónico a la dirección privacidad@mediaset.es, debiendo remitir por escrito la concreta solicitud a la Unidad de Protección de Datos del titular. De igual modo, el Organizador se compromete, en la utilización de los datos incluidos en el fichero, a respetar su confidencialidad y a utilizarlos de acuerdo con la finalidad del fichero.

En la petición, se deberá adjuntar la siguiente información:

Nombre, apellidos y DNI

Iniciativa en la que ha participado

Derecho que desea solicitar y contenido de su petición

Número de teléfono sobre el que se desea ejercer el derecho anterior

En caso de no considerar atendidos de forma debida sus derechos personales, podrá presentar una reclamación ante la autoridad de control competente, en este caso, la Agencia Española de Protección de Datos.

10. Conflictos y Ley Aplicable.

En caso de divergencia entre los usuarios y la interpretación de las presentes bases por parte del Organizador, será resuelta de acuerdo con la Ley española.

La participación en esta Iniciativa supone la aceptación expresa de las presentes bases y la sumisión expresa de las decisiones interpretativas que de las mismas efectúe el Organizador.

 

En Madrid, a 2 de marzo de 2020